- La presidencia de la Mesa Directiva, en uso de sus facultades, convocará a sesiones plenarias a distancia, cuando las condiciones sanitarias no permitan realizar sesiones presenciales.
Por: Redacción/
En votación económica, el Pleno del Senado de la República aprobó un acuerdo de la Junta de Coordinación Política, que preside el senador Ricardo Monreal Ávila, para realizar Sesiones a distancia, con carácter excepcional, durante la emergencia de salud pública por razones de fuerza mayor originadas por el virus Covid-19.
El documento detalla que las sesiones ordinarias del Senado serán de forma presencial y se procurará que su duración no sea mayor a cuatro horas. No obstante, en virtud de la existencia de condiciones de riesgo de contagio con base en la información del Consejo de Salubridad General, la Mesa Directiva, a propuesta de la Junta de Coordinación Política, programará y convocará excepcionalmente a la realización de sesiones bajo la modalidad a distancia por vía telemática.
En la modalidad presencial las senadoras y los senadores concurrirán al recinto parlamentario y seguirán el desarrollo de la sesión desde sus oficinas, coordinándose para su presencia en el Salón de Plenos de acuerdo con el protocolo establecido para la concurrencia máxima de 50 personas.
En la modalidad telemática, atenderán la sesión y sus procedimientos desde una ubicación física exterior a las instalaciones y en cualquier parte de la República, mediante la utilización de cualquiera de las tecnologías de la información y comunicación asociadas a la red de Internet que garanticen la posibilidad de una interacción simultánea, entendida como comunicación en audio y video en tiempo real.
La presidencia de la Mesa Directiva, en uso de sus facultades, convocará a sesiones plenarias a distancia, cuando las condiciones sanitarias no permitan realizar sesiones presenciales. Para esto, deberá publicar en la Gaceta del Senado el citatorio dirigido a sus integrantes, en el que se señale el día, hora y la vía telemática mediante la cual se llevará a cabo la sesión.
Los documentos que respalden los asuntos que se aborden en las sesiones a distancia se publicarán en la Gaceta de la Cámara de Senadores para garantizar su máxima publicidad. La Secretaría General de Servicios Parlamentarios procurará que los documentos para la realización de las sesiones a distancia estén accesibles en la plataforma digital y sitio web destinado para ello.
Las senadoras y los senadores tendrán asignada una cuenta institucional para acceder a la plataforma digital de comunicación que facilite y garantice, a través de audio y video en tiempo real, la constatación de su presencia, así como el ejercicio de su derecho al uso de la palabra en las sesiones a distancia.
La Secretaría General de Servicios Parlamentarios brindará el apoyo técnico a través de las áreas competentes en materia de informática, y será responsable de asignar la cuenta institucional y establecer las claves de acceso correspondientes a las y los senadores. Dichas claves serán proporcionadas el día previo a cada Sesión.
Las y los legisladores podrán ingresar a la plataforma digital de comunicación remota designada, 30 minutos antes de la hora señalada, a través del uso de las claves de acceso correspondientes. A la hora señalada para el inicio de la sesión, la presidencia instruirá a la secretaría que proceda a pasar lista de asistencia; el registro de asistencia será de viva voz.
La presencia en la sesión deberá ser permanente durante el tiempo que dure la misma, debiéndose mantener encendida la cámara del equipo informático, a fin de que pueda verificarse la participación de las y los senadores, quienes se ubicarán en un lugar apropiado para su desarrollo.
En cuanto a las comparecencias de servidores públicos en el Pleno, estas podrán realizarse en la modalidad a distancia por vía telemática. Para esos fines, la Secretaría General de Servicios Parlamentarios facilitará las claves de acceso a los servidores públicos comparecientes en tiempo y forma, y los asistirá en todo momento para asegurar su intervención.
Durante la deliberación de los asuntos del Orden del Día y de conformidad con las medidas sanitarias vigentes recomendadas por la Secretaría de Salud, en el Salón de Sesiones sólo podrán encontrarse en un mismo momento un máximo de 50 integrantes del Senado. 22 integrantes de la bancada de Morena; 10 del PAN; seis del PRI; tres de Movimiento Ciudadano; tres del PVEM; dos del PT; dos del PES; uno del PRD; y uno sin Grupo Parlamentario.
Podrán ingresar al Salón de Sesiones un asesor por Grupo Parlamentario y un asesor o asesora del senador Sin Grupo Parlamentario; así como la secretaria o secretarlo técnico de Comisiones, exclusivamente durante el tiempo en que se discuta un asunto de su competencia.
Toda persona que ingrese al Salón de Sesiones deberá observar los protocolos de salud, por lo que estará obligada a la toma de temperatura, el uso de gel antibacterial y del tapete sanitizante, el distanciamiento de por los menos 1.5 metros; la prevención de cubrirse la nariz y la boca con el ángulo interno del brazo al estornudar o toser; el uso obligatorio de cubrebocas y careta protectora, así como a evitar el contacto físico y, en caso de presentar alguna sintomatología de la Covid-19, deberá presentarse en el servicio médico y, en todo caso, retirarse de las instalaciones del Senado en tanto pueda constituir una fuente de contagio.
Además, la Mesa Directiva podrá celebrar sus reuniones a distancia por vía telemática, en las fechas, horarios y conforme al Orden del Día que se determine para tal efecto. Estas reuniones se realizarán con el apoyo de las herramientas tecnológicas proporcionadas por las áreas competentes en materia de informática.
En cuanto a las reuniones de Comisiones, se deberá contar con la presencia de la mayoría de las y los legisladores que la integren para iniciarlas. La presencia en la reunión deberá ser permanente durante el tiempo que dure la misma, debiéndose mantener encendida la cámara del equipo informático, a fin de que pueda verificarse su participación. Las reuniones de trabajo a distancia de las comisiones sólo se convocan en horas diferentes a las de las Sesiones del Pleno.
Los proyectos de dictámenes que versen sobre iniciativas de ley o decreto y proposiciones con punto de acuerdo podrán ser materia de intercambio de impresiones y valoración en las reuniones a distancia. Si así lo desean, los integrantes de la Comisión o Comisiones expresarán la intención de su voto. Los dictámenes que sean objeto de discusión y valoración y, en su caso, la expresión de la intención de voto de los integrantes de la o las Comisiones, serán objeto de votación en la reunión presencial más próxima siguiente que celebren la o las Comisiones.
Si las Comisiones pretenden realizar comparecencias de servidores públicos, deberán remitir la solicitud correspondiente a la Mesa Directiva, quien realizará el debido enlace institucional para citar al servidor público respectivo y llevar a cabo el ejercicio en la modalidad a distancia.
En caso de que a la fecha de conclusión del Primer Periodo Ordinario de Sesiones del Tercer Año de Ejercicio Constitucional de la LXIV Legislatura permanezca la emergencia sanitaria, la Presidencia podrá declarar la clausura de los trabajos del Senado de la República a través de oficio, lo cual será comunicado al titular del Poder Ejecutivo Federal, a la Suprema Corte de Justicia de la Nación a la Cámara de Diputados, a las legislaturas de los Estados y de la Ciudad de México, así como a las y los senadores, para los efectos legales a que haya lugar.
Durante el tiempo que permanezca la emergencia sanitaria, el Pleno estará facultado para emitir documentos electrónicos oficiales, con la utilización de las herramientas tecnológicas disponibles, los cuales tendrán plena validez legal y contarán con un sello digital para su autenticidad.
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