Por: Redacción
La Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, que preside el diputado Gustavo Madero Muñoz, aprobó la creación del Registro Nacional de Población con Discapacidad a fin de visibilizar el tema, crear conciencia y apoyar a este sector en el ejercicio pleno de sus derechos humanos.
Al término de la reunión en la que se avaló el dictamen a la iniciativa con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de las leyes generales para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, de Salud y de Población, el legislador del PAN señaló que se busca conocer dónde están, quiénes son, dónde viven y qué tipo de discapacidad tienen.
Dicha iniciativa deberá ser analizada y dictaminada por la Comisión de Salud antes de ser llevada al Pleno para su votación en el próximo Periodo de Sesiones Ordinarias.
Actualmente, “tienen muchas dificultades para ejercer sus derechos y éste sería el instrumento para exigir que se los garanticen las autoridades”.
De acuerdo con el censo de población, abundó, de los casi 120 millones de mexicanos que habitan en el país, 6.1 por ciento tiene alguna discapacidad; sin embargo, apuntó, hay otros registros más puntuales que ubican ese porcentaje casi al doble, en 10 o 12 por ciento.
Con estas modificaciones, el gobierno federal tendrá a su cargo el registro nacional y la expedición de los certificados para que estos mexicanos puedan identificarse y hacer exigibles sus derechos.
Con una certificación y acreditación oficial y el Registro Nacional de Población con Discapacidad podrán garantizar sus derechos y ser sujetos de apoyos públicos y privados. Dicha certificación se realizará mediante una valoración de acuerdo a la Certificación Internacional del Funcionamiento de la Discapacidad y la Salud (CIF), de la Organización Mundial de la Salud (OMS).
México ha sido impulsor de una convención internacional para hacer vigentes los derechos humanos de las personas con discapacidad, y esta reforma lo colocaría a la vanguardia en ese tema.
“Se les otorga algo que debían haber tenido hace mucho tiempo, un instrumento para exigir sus derechos humanos a votar, a contar con apoyos específicos, tanto de salud como económicos o, también, para presentarse ante el sector privado y contar con apoyos, por ejemplo, para dar incentivos y estímulos fiscales a quien que contrate personas con discapacidad”.
El dictamen plantea modificaciones a los artículos 389, 389 bis, 389 Bis2 y 389 Bis3 de la Ley General de Salud a fin de establecer que para fines sanitarios se extenderá el certificado de discapacidad expedido por profesionales de la medicina, y deberá incluir la Clave Única de Registro de Población del beneficiario.
Se busca establecer, entre otras cosas, que los menores de edad con discapacidad y los recién nacidos en los que se identifique una discapacidad congénita o genética, al momento del nacimiento o como resultado del Tamiz neonatal, deberán ser incluidos en el Registro de Menores de Edad, así como la certificación de discapacidad para garantizar el interés superior de la niñez.
Respecto a la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, define al Registro Nacional de Población con Discapacidad y establece que la información de los registros administrativos de la Administración pública, el Censo Nacional de Población y las Encuestas Nacionales, incluirán lineamientos para recopilar información y estadística de este segmento poblacional y formular planes, programas, políticas públicas.
Establece que el INEGI, en coordinación con el Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad, desarrollará el Sistema Nacional de Información en Discapacidad, que dará a conocer servicios públicos, privados o sociales, relacionados con el sector.
Por lo que hace a la Ley General de Población, plantea modificar el artículo 93 a fin de incluir la discapacidad en los datos que deberán recabar las autoridades locales para integrar el Registro Nacional de Población.
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