Por: Redacción
El Consejo de la Judicatura capitalino, mediante acuerdo, determinó la extinción de seis juzgados en el Reclusorio Norte, tres en el Reclusorio Oriente; dos en el Reclusorio Sur, y uno en Santa Martha Acatitla.
Los asuntos en trámite en esos juzgados, se distribuirán en otros que persisten, hasta su conclusión.
Ante el avance y gradual consolidación del nuevo sistema procesal penal acusatorio en el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, el Consejo de la Judicatura local determinó la extinción de 12 juzgados penales de primera instancia (sistema escrito).
Seis están en el Reclusorio Norte; tres, en el Reclusorio Oriente; dos, en el Reclusorio Sur, y uno en Santa Martha Acatitla, cuyo proceso de extinción se inicia a partir de hoy y concluirá el próximo 10 de diciembre, fecha en que se considerará el cierre jurisdiccional y extinción formal.
Con base en el acuerdo 12-40/2016, los juzgados a extinguirse en el Reclusorio Norte son el Tercero, Cuarto, Octavo, Décimo, Décimo Tercero y Décimo Cuarto; en el Reclusorio Oriente, el Décimo Quinto, Vigésimo y Quincuagésimo Segundo; en el Reclusorio Sur, el Vigésimo Noveno y Sexagésimo Segundo; y en Santa Martha Acatitla, el Sexagésimo Octavo.
El Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México estableció que los asuntos en trámite que se encuentren en los 12 juzgados penales a extinguirse serán distribuidos de la siguiente manera, a fin de que sean atendidos hasta su conclusión:
Los del Tercero pasarán al Segundo; los del Cuarto, al Quinto; los del Octavo, al Noveno; los del Décimo, al Décimo Primero; los del Décimo Tercero, al Trigésimo Cuarto, y los del Décimo Cuarto, al Trigésimo Sexto.
Asimismo, los del Décimo Quinto, al Décimo Sexto; los del Quincuagésimo Segundo, al Quincuagésimo Tercero; los del Vigésimo al Sexagésimo; los del Vigésimo Noveno al Trigésimo Tercero; los del Sexagésimo Segundo al Sexagésimo Tercero, y los del Sexagésimo Octavo al Sexagésimo Noveno.
El Consejo de la Judicatura, por otra parte, instruyó al director de Turno de Consignaciones Penales y de Justicia para Adolescentes que los asuntos de nuevo ingreso, tales como consignaciones con detenido, consignaciones sin detenido, incompetencias, excusas y solicitudes de medidas precautorias, que hasta la fecha se turnaban a los 69 juzgados penales, ya no sean remitidos por turno a los 12 sujetos a extinción, y que se distribuyan de manera equitativa a los que persisten.
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