Por: Redacción/
Derivado de las inconsistencias encontradas en el llenado de los comprobantes de nómina y en atención al interés de cumplir por parte de los contribuyentes, el Servicio de Administración Tributaria amplió al 15 de mayo el plazo para presentar la Declaración Anual del impuesto sobre la renta, de las personas físicas, correspondiente al ejercicio 2017.
Este año, se utiliza por primera vez la información directamente de los comprobantes de nómina para prellenar los ingresos en la declaración anual; sin embargo, se identificaron inconsistencias en la información capturada por patrones y en el timbrado de algunos proveedores de servicios de facturación.
Desde julio del año pasado, el SAT trabaja junto con los patrones sobre estas inconsistencias, a fin de que los contribuyentes puedan declarar.
Lo mismo sucede con algunas aseguradoras y afores, que por diversas razones no habían enviado la información al SAT antes de abril.
Es importante recordar que las personas físicas que perciben ingresos por salarios de un solo patrón, no están obligadas a presentar declaración anual, y si desean hacerlo pueden cumplir en cualquier momento del año.
La regla que da sustento jurídico a esta mediada será publicada en los próximos días de manera anticipada en el portal del SAT y después en el Diario Oficial de la Federación.
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