Por: Redacción
El magistrado de la Segunda Sala Familiar del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, Óscar Cervera Rivero, alertó que el país carece de una legislación federal que establezca plazos para la restitución internacional de menores, por lo que el término de seis semanas que plantean los convenios suscritos por el país difícilmente se cumple.
Al dictar la conferencia La práctica forense de la restitución de menores en México, advirtió que hay ocasiones en que este tipo de procedimientos se prolongan hasta año y medio, lo que dista mucho de las seis semanas que marcan los instrumentos internacionales.
En el marco del Congreso Nacional de Centros de Convivencia Familiar Supervisada, recordó que el término de seis semanas es verdaderamente complicado, y que se suscribe el compromiso de utilizar el procedimiento más expedito previsto dentro del marco jurídico local, que en el caso mexicano es el sumario.
Sin embargo, subrayó el juez de enlace mexicano de restitución internacional ante la Conferencia de La Haya que este tipo de procedimiento es apelable, lo que hace previsible la suspensión, y lo que imposibilita al juez para poder ejecutar su sentencia.
Aunque uno haya ordenado restituir, comentó el magistrado, tienes un procedimiento que te impide cumplir tus sentencias, y más todavía cuando las partes obtienen amparo.
Recordó que hay entidades del país que han logrado legislar al respecto, lo que seguramente les ha permitido mejorar sus experiencias en la materia, y añadió que la Secretaría de Relaciones Exteriores, a pesar de sus esfuerzos porque se tenga una ley general o una ley federal, esto no ha fructificado.
Al respecto, dijo, el Estado mexicano, y particularmente la Comisión Nacional de Tribunales Superiores de Justicia de los Estados Unidos Mexicanos, lo que ha hecho a favor de los menores en el tema de restitución internacional es generar el concepto de jurisdicción concentrada.
Esto es, abundó, especializar a jueces en esta materia, para que con su mayor conocimiento emitan las mejores resoluciones posibles. Agregó que, al amparo de una red de jueces para la protección de la infancia, los impartidores de justicia se reúnen periódicamente para discutir y compartir experiencias de casos, y de esa manera construir formas de solución a los conflictos antes del año.
En 2015, a jueces del TSJCDMX le solicitaron seis restituciones, de las cuales se concedió una; entre enero y junio de 2016, siete (seis de las cuales están en proceso), y de igual forma se ha concedido una. De las de 2015, cinco están concluidas: tres por desechamiento; una por desistimiento, y una más por convenio.
de la Ciudad de México Óscar Cervera Rivero alertó que el país carece de una legislación federal que establezca plazos para la restitución internacional de menores, por lo que el término de seis semanas que plantean los convenios suscritos por el país difícilmente se cumple.
Al dictar la conferencia La práctica forense de la restitución de menores en México, advirtió que hay ocasiones en que este tipo de procedimientos se prolongan hasta año y medio, lo que dista mucho de las seis semanas que marcan los instrumentos internacionales.
En el marco del Congreso Nacional de Centros de Convivencia Familiar Supervisada, recordó que el término de seis semanas es verdaderamente complicado, y que se suscribe el compromiso de utilizar el procedimiento más expedito previsto dentro del marco jurídico local, que en el caso mexicano es el sumario.
Sin embargo, subrayó el juez de enlace mexicano de restitución internacional ante la Conferencia de La Haya que este tipo de procedimiento es apelable, lo que hace previsible la suspensión, y lo que imposibilita al juez para poder ejecutar su sentencia.
Aunque uno haya ordenado restituir, comentó el magistrado, tienes un procedimiento que te impide cumplir tus sentencias, y más todavía cuando las partes obtienen amparo.
Recordó que hay entidades del país que han logrado legislar al respecto, lo que seguramente les ha permitido mejorar sus experiencias en la materia, y añadió que la Secretaría de Relaciones Exteriores, a pesar de sus esfuerzos porque se tenga una ley general o una ley federal, esto no ha fructificado.
Al respecto, dijo, el Estado mexicano, y particularmente la Comisión Nacional de Tribunales Superiores de Justicia de los Estados Unidos Mexicanos, lo que ha hecho a favor de los menores en el tema de restitución internacional es generar el concepto de jurisdicción concentrada.
Esto es, abundó, especializar a jueces en esta materia, para que con su mayor conocimiento emitan las mejores resoluciones posibles. Agregó que, al amparo de una red de jueces para la protección de la infancia, los impartidores de justicia se reúnen periódicamente para discutir y compartir experiencias de casos, y de esa manera construir formas de solución a los conflictos antes del año.
En 2015, a jueces del TSJCDMX le solicitaron seis restituciones, de las cuales se concedió una; entre enero y junio de 2016, siete (seis de las cuales están en proceso), y de igual forma se ha concedido una. De las de 2015, cinco están concluidas: tres por desechamiento; una por desistimiento, y una más por convenio.
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