Por: Redacción/
El subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración de la Secretaría de Gobernación, Alejandro Encinas Rodríguez, señaló que la iniciativa de reforma a la Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República (FGR) implica un retroceso en la administración de justicia, así como a la colaboración interinstitucional propia de un Estado de derecho al afectar los derechos a la verdad, justicia, reparación y no repetición.
La propuesta parte de la desconfianza de la FGR hacia las instituciones con las que se debe articular. Si bien ésta hace referencia a la coordinación interinstitucional, impone mecanismos de subordinación a la fiscalía de distintas instituciones de la Administración Pública Federal, como la Guardia Nacional, la Comisión Nacional de Búsqueda y el Mecanismo de Protección a Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas.
Asimismo, abandona su participación en el Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, y la Comisión Intersecretarial para el Combate de la Trata de Personas, así como de su responsabilidad para encabezar el Programa para Prevenir y Sancionar la Tortura, y otros mecanismos de protección de derechos humanos, como la Coordinación General de Investigación de los delitos cometidos durante la llamada Guerra Sucia.
La compleja realidad del país demanda de un diálogo amplio interinstitucional y social que permita reencausar la procuración de justicia en México y articular los esfuerzos y capacidades del Estado para lograr resultados en favor de la verdad y la justicia, poniendo en el centro de la atención a las víctimas.
Por el contrario, la iniciativa presentada en el Senado de la República implica una subordinación de los organismos autónomos constitucionales, de la Administración Pública Federal, las entidades paraestatales, los órganos, dependencias, entidades e instituciones de las entidades federativas y de gobierno e incluso, a los particulares al Ministerio Público (artículos 38, 39 y 40 de la iniciativa).
La autonomía constitucional de la Fiscalía General de la República debe ser entendida como una fortaleza del Estado de derecho, mediante la cual se garantice el acceso a la justicia, y no para fragmentar las capacidades del Estado en su respuesta a los derechos de verdad, justicia y rendición de cuentas. Esto adquiere mayor importancia en momentos en que el Gobierno de México ha asumido como prioridad la lucha contra la corrupción e impunidad.
Por otro lado, resulta grave que la iniciativa proponga el retiro de la FGR del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas Desaparecidas, del Mecanismo de Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, y de otros mecanismos, cuando, por el contrario, se requiere de una mayor coordinación institucional para combatir la desaparición de personas y las agresiones a periodistas y personas defensoras.
La propuesta de retirar a la FGR del Sistema Nacional de Búsqueda al pretender derogar el artículo 45, fracción III de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, niega el derecho de toda persona a ser buscada y pretende sustraerse de las obligaciones constitucionales y legales de la fiscalía en la búsqueda de las personas desaparecidas.
Esto implica el desconocimiento del Protocolo Homologado para la Búsqueda de Personas y del Mecanismo Extraordinario de Identificación Forense, construidos con la participación de las familias de las víctimas, sociedad civil y comunidad internacional.
Con la propuesta de eliminar los artículos 24 y 45 de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas se pretende sustraer a la FGR de la determinación más amplia de los casos de su competencia, lo que implicaría la imposibilidad de articular coordinadamente las acciones que garanticen la búsqueda de las personas.
El subsecretario Alejandro Encinas Rodríguez fue enfático en señalar que ninguna iniciativa de ley o reforma en la materia puede aprobarse sin abrirse a un parlamento abierto que garantice el derecho a la participación activa de las familias de personas desaparecidas y sus representantes, así como a la participación de los integrantes del Sistema Nacional de Búsqueda.
Por otra parte, con la propuesta de modificar el artículo 5, fracción II de la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, la FGR pretende deslindarse del papel fundamental que tiene en la Junta de Gobierno del Mecanismo de Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas.
La fiscalía tiene la obligación constitucional de investigar los hechos cuando resultan de su competencia, y participar con voz y voto en la decisión de adoptar e implementar medidas de protección del mecanismo. Su contribución en este órgano colegiado resulta vital, ya que la mejor forma de protección para personas defensoras de derechos humanos y periodistas radica en la inhibición de los delitos a través de investigaciones serias, efectivas y oportunas, para evitar dejar estos delitos en la impunidad.
Asimismo, se pretende eliminar el artículo 22 de la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, con lo que la FGR pretende sustraerse de sus responsabilidades al derogar las hipótesis expresas de investigación de los delitos.
La propuesta presentada plantea el regreso a una institución vertical y rígida que fragmenta las investigaciones, al pretender abrogar los artículos 46, 48 y 49 de la Ley Orgánica vigente. Esto es preocupante más aún cuando aproximadamente el 98 por ciento de los delitos denunciados en el país no llegan nunca a una decisión judicial.
El subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración recalcó la necesidad de una reforma integral que responda a las demandas de verdad y justicia, fortalezca a las instituciones en el marco de un Estado de derecho, con rendición de cuentas y participación ciudadana.
Por ello, solicitó respetuosamente al Senado de la República que abra un parlamento abierto en el que se discuta esta iniciativa, así como las reformas constitucionales y legales necesarias.
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