Redacción

El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) instruyó a la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte (Conade) a entregar informes sobre los gastos efectuados con recursos públicos por parte de la Federación Mexicana de Karate y Artes Marciales, así como los adeudos por comprobar.

La información deberá corresponder a las asignaciones que hizo la Conade a la Federación entre 2013 y 2016, desglosado por mes, además de los adeudos de comprobación de gastos de 2014 a 2016.

El Pleno del INAI revocó la respuesta de la Conade, que ante la solicitud de información de un particular, aseguró que no tenía facultades para reclamar reportes sobre los gastos a la Federación Mexicana de Karate, ya que ésta no pertenece a la estructura orgánica de la Comisión, por lo que era incompetente para conocer del asunto.

En el análisis del recurso de impugnación remitido a la ponencia del comisionado Francisco Javier Acuña Llamas, se analizó el artículo 75 de la nueva Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, el cual señala que el INAI determinará los casos en que las personas físicas o morales que reciban y ejerzan recursos públicos federales, cumplirán con las obligaciones de transparencia y acceso a la información directamente o a través de los sujetos obligados que les asignen dichos recursos, en este caso la Conade.

Y añade que los sujetos obligados –Conade-, deberán enviar al INAI un listado de las personas físicas o morales a los que, por cualquier motivo, asignaron recursos públicos federales, en los términos que establezcan las disposiciones aplicables, ejercen actos de autoridad.

Sin embargo, la plena vigencia de esta disposición aun no entra en vigor en atención a lo previsto en los Transitorios de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, de donde se concluyó que al momento en que se presentó la solicitud, efectivamente la Conade sostuvo no estaba en posibilidad de requerir información a la Federación Mexicana de Karate.

No obstante, del estudio efectuado, se identificó que si bien la Conade no puede requerir reportes a la citada Federación, sí tiene la obligación de efectuar la búsqueda de la información en sus archivos, en tanto que normativamente está en aptitud de poseerla, ya que es el sujeto obligado que asignó los recursos.

Lo anterior, toda vez que el estatuto de la Federación Mexicana de Karate refiere que una parte importante de su patrimonio lo componen fondos provenientes del Sistema Nacional de Cultura Física y Deporte, por lo que es una persona moral que recibe y ejerce recursos públicos de la Conade.

Asimismo, se verificó que la Ley General de Cultura Física y Deporte y el referido estatuto de la Federación establecen que la Conade debe fiscalizar el ejercicio de los recursos con base en los informes que les sean remitidos.

En ese sentido, se determinó que la Subdirección de Calidad para el Deporte, a través del Departamento de Mercadotecnia, tiene a su cargo recibir la documentación comprobatoria que respalda las erogaciones de las asociaciones deportivas.

Con base en lo anterior, el Pleno del INAI revocó la respuesta del sujeto obligado y le ordenó localizar y poner a disposición del solicitante los informes de los gastos realizados por la Federación Mexicana de Karate con los recursos asignados por la Conade, en el periodo de 2013 a 2016, y los adeudos de comprobaciones de gastos de 2014 a 2016.