- El documento fue publicado en el Diario Oficial de la Federación y entrará en vigor a partir de este martes 25 de mayo
Por: Redacción/
Fue promulgado el Reglamento de la Ley Orgánica del Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH), un pendiente histórico desde su fundación, en 1939, el cual esta administración, a través de la Secretaría de Cultura, se dio a la tarea de concretar, para alcanzar una operación más eficiente.
El documento fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y entrará en vigor a partir de este martes 25 de mayo; en él se establecen la estructura orgánica y el funcionamiento del INAH para el cumplimiento de los objetivos, funciones y atribuciones que le confieren su Ley Orgánica y demás ordenamientos aplicables.
Establece una estructura orgánica y fija y detalla la competencia del INAH y de sus unidades administrativas, así como las facultades de cada una de las y los titulares sus: Dirección General, Secretarías, Coordinaciones Nacionales, Direcciones, Escuelas y su estructura territorial constituida por Centros INAH distribuidos en el país.
El reglamento consta de siete capítulos, divididos en 57 artículos, además de cuatro transitorios.
Asimismo, el Reglamento crea la figura de los Consejos del Instituto, tema previsto en la Ley Orgánica, pero hasta ahora creado, cuya finalidad es ayudar a profesionalizar decisiones importantes que tengan que tomarse desde la Dirección General, aportando criterios más sólidos, profesionales y científicos para el proceder de la autoridad. Serán órganos colegiados consultivos de la Dirección General, los cuales tienen por objeto recomendar y proponer políticas, criterios y acciones en las materias que son competencia del INAH, a fin de contar con opiniones académicas y técnicas para la toma de decisiones.
El Reglamento también establece el perfil de quienes formen parte de los Consejos Consultivos, así como los requisitos para formarlos y ser parte de estos.
Habrá un Consejo General Consultivo que sesionará semestralmente, integrado por 17 miembros, presididos por la persona titular de la Dirección General; cuatro consejeras o consejeros de Área, dos bajo designación del o la titular de la Dirección General y dos por elección del Consejo de Área correspondiente.
En tanto, el Consejo de Área de Investigación en Antropología, Arqueología e Historia, que se integrará por 13 consejeros o consejeras y será presidido por la Secretaría Técnica, estará conformado por las personas titulares de las Coordinaciones Nacionales de Antropología, de Arqueología y de la Dirección de Estudios Históricos, así como tres consejeras o consejeros invitados por la Dirección General y seis consejeros o consejeras electos por especialistas del Instituto.
A su vez, el Consejo de Área de Conservación y Restauración de Bienes Culturales se integrará por 13 consejeros o consejeras y lo presidirá la Secretaría Técnica; lo conformarán las y los titulares de las Coordinaciones Nacionales de Conservación del Patrimonio Cultural, de Monumentos Históricos, de Arqueología y de Museos y Exposiciones, además de dos consejeras o consejeros invitados por la Dirección General y seis consejeros o consejeras a elección de especialistas del INAH.
El Consejo de Área de Museos y Exposiciones se integrará por 13 personas; lo presidirá el o la titular de la Secretaría Técnica y estará integrado por titulares de las Coordinaciones Nacionales de Difusión, de Museos y Exposiciones y de Conservación del Patrimonio Cultural; la o el titular de la dirección de un museo del INAH, designación que cambiará cada año; dos consejeras o consejeros invitados por el o la titular de la Dirección General, y seis personas consejeras electas por especialistas del INAH en las materias señaladas.
El Consejo de Área de Docencia y Formación de Recursos Humanos se integrará por 13 personas consejeras, estará presidido por la Secretaría Técnica, estará compuesto por las y los titulares de las Escuelas Nacionales de Antropología e Historia y de Conservación, Restauración y Museografía, así como la Escuela de Antropología e Historia del Norte de México; tres consejeros o consejeras invitadas por el o la titular de la Dirección General, y seis personas consejeras electas por especialistas del INAH.
Los Consejos de Área sesionarán cuando menos cuatro veces al año, las decisiones se tomarán por consenso o mayoría de votos. Las consejeras y consejeros invitados por el o la titular de la Dirección General y las y los electos por investigadores del INAH permanecerán tres años en funciones y, entre otros requisitos, deberán estar trabajando en el INAH con una antigüedad mínima de ocho años de ejercicio en su especialidad. El cargo de consejero o consejera será de carácter honorífico.
Antecedentes
El 25 de julio de 2017, la Dirección General del INAH constituyó un Grupo de Trabajo (GT), integrado por 21 miembros de distintas áreas de especialidad y con experiencia en la vida institucional, para la elaboración del Anteproyecto de Reglamento de la Ley Orgánica del INAH. Entre el 25 de julio de 2017 y el 14 de junio de 2018, el GT llevó a cabo 37 reuniones para presentar, discutir y consensar el contenido del anteproyecto de referencia.
El anteproyecto se diseñó de acuerdo con las funciones, cargos y atribuciones con los que el INAH cumple actualmente, con las tareas encomendadas por la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, su Reglamento, la Ley General de Bienes Nacionales, así como a la propia Ley Orgánica del Instituto Nacional de Antropología e Historia.
Además, se desarrolló a partir de la estructura organizacional vigente, autorizada y registrada ante las Secretarías de Hacienda y Crédito Público y de la Función Pública. El documento elaborado por el GT también se basó en documentos y ejes de discusión que, en su momento, fueron formulados en experiencias previas para la conformación del Reglamento de la Ley Orgánica (1988, 1992, 2008); algunos miembros del GT participaron también en alguna de esas experiencias.
El documento revisado y avalado por la Dirección General del INAH se puso a consulta de la comunidad del INAH mediante la página electrónica interna, del 6 al 26 de julio de 2018, a fin de recibir comentarios y propuestas específicas al anteproyecto. Una vez analizadas las propuestas recibidas y realizados los cambios al documento de trabajo, se conformó el Anteproyecto de Reglamento de la Ley Orgánica del INAH, para iniciar las gestiones ante las instancias correspondientes.
Una de las metas de la Secretaría de Cultura es el orden administrativo y jurídico de todo el sector cultural, con el objetivo de legar mejores instituciones a México, por tal motivo esta administración impulsó la concreción de este proceso histórico que brindará certeza al futuro del INAH.
El Reglamento de la Ley Orgánica del Instituto Nacional de Antropología e Historia se puede consultar en: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5619150&fecha=24/05/2021
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