Por: Luis Rodríguez
Para el senador Zoé Robledo Aburto es necesario impulsar políticas públicas que respalden las manifestaciones culturales por parte de los pueblos indígenas en México, ya que la protección autoral de este sector de la población se encuentra vulnerable al carecer de una legislación clara al respecto.
Por ello, el legislador presentó en el Senado de la República una iniciativa para que exista una coordinación institucional entre la Secretaría de Cultura, el Instituto Nacional del Derecho de Autor y la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, para proteger los derechos de autor de las comunidades indígenas originarias, así como sus derechos conexos.
Dicha iniciativa busca defender los derechos de las comunidades indígenas y con ello mantener las expresiones artísticas que derivan a partir de sus raíces en tradiciones milenarias colectivas, las cuales han trascendido con el tiempo.
Al argumentar su iniciativa, el senador por Chiapas indicó que la riqueza indígena en el país va desde los conocimientos adquiridos en medicina herbolaria, expresiones artísticas como la música, el baile, su idioma y la propiedad intelectual va desde su poesía, literatura, artesanía, tejidos inherentes de cada región del país y muchas otras expresiones de la cultura indígena.
“El patrimonio cultural e intelectual de los pueblos indígenas está formado por las prácticas, los conocimientos y los modos de vida tradicionales que caracterizan a un pueblo determinado. Los conservadores de la propiedad cultural e intelectual de los pueblos indígenas deben guiarse por las costumbres, leyes y prácticas de la comunidad y pueden ser individuos, un clan o la población en su conjunto”, explicó.
El legislador chiapaneco añadió que el patrimonio de un pueblo indígena comprende expresiones tales como la lengua, el arte, la música, la danza, la canción y la ceremonia; sin embargo, todas estas expresiones artísticas de los pueblos originarios se enfrentan a un mercado internacional y trasnacional, el cual puede ser calificado como una depredación de las culturas originarias.
“En varios casos, el arte indígena y los materiales sagrados son utilizados sin el conocimiento o la autorización del artista o la comunidad indígena. La falta de un marco normativo, o la mala ejecución de este, provocan situaciones perjudiciales para los pueblos originarios”, reiteró.
Zoé Robledo manifestó algunos ejemplos de carencia de normatividad en la autoría del arte, el caso de los indígenas de la comunidad mixe de Santa María Tlahuitoltepec, Oaxaca, en donde el litigio entre Isabel Marant y Antik Batik publicó su colección primavera-verano 2015 en su sitio web y mostró una prenda con los diseños de la comunidad mixe sin ninguna mención acerca de su verdadero origen.
“Posteriormente inició un proceso legal para reclamar la patente del diseño de los bordados. La conclusión es que ambas firmas francesas se peleaban un patrimonio colectivo y cultural que no les corresponde. Como consecuencia del vacío legal e institucional que tenemos, diferentes empresas o personas, con un claro fin lucrativo, pretenden apropiarse de los conocimientos tradicionales pertenecientes a los pueblos indígenas”, lamentó.
Sin embargo, agregó, no todo alrededor de esta comercialización es negativo, ya que existen ejemplos de empresas con responsabilidad social.
“En este caso tenemos a la empresa Marchanteando, la cual ofrece prendas de vestir y accesorios personalizados y de casa con un toque étnico, promoviendo nuestras raíces y dando a conocer el gran trabajo de grupos culturales tzotziles, tzeltales y zoques de Chiapas; zapotecos de Oaxaca y mayas de Yucatán”, concluyó.
La iniciativa se turnó a las Comisiones Unidas de Cultura y de Estudios Legislativos, Primera, del Senado de la República para su discusión y votación.
No Comment